NUESTRA GARANTÍA 1987-2023: CUMPLIMOS 36 AÑOS DE ACTIVIDAD
Desde la entrada en vigor del R.D.170/2010, nuestros CRCs son Centros de Reconocimiento COLABORADORES DE LA DGT PARA REALIZAR EL TRÁMITE DE RENOVACIÓN COMPLETA DE LOS PERMISOS DE CONDUCIR.
Somos Centros Sanitarios (NICA 18013 y 28570) acreditados por la DGT (Nº REG SE0002 y SE0043) no sólo para efectuar los reconocimientos de aptitud psicofísica de evaluación de conductores sino también para ofrecer el trámite telemático completo de gestión para renovar el permiso de conducir, según dispone el art. 3.2 del R,D,170/2010, donde dice: "Cuando así lo solicite el interesado, dichos centros podrán gestionar en su nombre ante la Jefatura Provincial de Tráfico, la prórroga de vigencia de los permisos o licencias de conducción, para lo que deberán aportar los documentos que a tales efectos se requieran por la normativa vigente" Asimismo se puede consultar dicha atribución de los CRCs en los siguientes enlaces de la DGT: |
OFRECEMOS PROFESIONALIDAD-EFICACIA-DISPONIBILIDAD
Nuestros Centros de Reconocimiento han obtenido resultados favorables en las últimas inspecciones practicadas por la DGT y Sanidad.
Nuestro objetivo ha sido siempre apostar por la calidad en nuestro servicio, acorde con nuestro compromiso con la Seguridad Vial y la mejor atención al ciudadano. Nuestros profesionales son Médic@s y Psicólog@s formados y dedicados en exclusividad a la actividad desde nuestros comienzos. Defendemos la dignificación del sector, cumpliendo con la normativa vigente y proponiendo iniciativas para la mayor eficacia de ésta.
Queremos reeducar al ciudadano respecto a la extendida idea de que acudir a un Centro de Reconocimiento (CRC) es un mero trámite, un obstáculo administrativo que hay que solventar y pagar sin que tenga la menor trascendencia ni le reporte ningún beneficio. Nuestros CRCs prestamos una importante labor en la de prevención de la salud, detectando anomalías o deficiencias e informando de posibles riesgos que, además, puedan conllevar implicaciones importantes para la Seguridad Vial.
No es la misión de los CRCs apartar a cuantos más conductores mejor de la conducción. El apartamiento definitivo y total de la conducción por causa de alguna enfermedad o deficiencia psicofísica, según marca la propia normativa, es una medida excepcional. La Legislación entiende que la conducción es hoy en día un elemento de integración y adaptación social. Lo que se pretende es que los Centros de Reconocimiento puedan, llegado el caso, y sin menoscabo de dictaminar el No Apto total , imponer restricciones o limitaciones en el uso del vehículo, o adaptaciones en el mismo, para situar al conductor ante el volante en las mejores condiciones posibles.
Si quiere consultar lo regulado al respecto está recogido en el Anexo IV del R.D. 818/2009 de 8 de Junio modificado por la Orden 2356/2010 de 3 de Septiembre. Puede consultarlo haciendo clic aquí.
PLANTILLA DE PROFESIONALES
Psicólogía:
Nuestros Centros de Reconocimiento han obtenido resultados favorables en las últimas inspecciones practicadas por la DGT y Sanidad.
Nuestro objetivo ha sido siempre apostar por la calidad en nuestro servicio, acorde con nuestro compromiso con la Seguridad Vial y la mejor atención al ciudadano. Nuestros profesionales son Médic@s y Psicólog@s formados y dedicados en exclusividad a la actividad desde nuestros comienzos. Defendemos la dignificación del sector, cumpliendo con la normativa vigente y proponiendo iniciativas para la mayor eficacia de ésta.
Queremos reeducar al ciudadano respecto a la extendida idea de que acudir a un Centro de Reconocimiento (CRC) es un mero trámite, un obstáculo administrativo que hay que solventar y pagar sin que tenga la menor trascendencia ni le reporte ningún beneficio. Nuestros CRCs prestamos una importante labor en la de prevención de la salud, detectando anomalías o deficiencias e informando de posibles riesgos que, además, puedan conllevar implicaciones importantes para la Seguridad Vial.
No es la misión de los CRCs apartar a cuantos más conductores mejor de la conducción. El apartamiento definitivo y total de la conducción por causa de alguna enfermedad o deficiencia psicofísica, según marca la propia normativa, es una medida excepcional. La Legislación entiende que la conducción es hoy en día un elemento de integración y adaptación social. Lo que se pretende es que los Centros de Reconocimiento puedan, llegado el caso, y sin menoscabo de dictaminar el No Apto total , imponer restricciones o limitaciones en el uso del vehículo, o adaptaciones en el mismo, para situar al conductor ante el volante en las mejores condiciones posibles.
Si quiere consultar lo regulado al respecto está recogido en el Anexo IV del R.D. 818/2009 de 8 de Junio modificado por la Orden 2356/2010 de 3 de Septiembre. Puede consultarlo haciendo clic aquí.
PLANTILLA DE PROFESIONALES
Psicólogía:
- Eduardo Juliá Ruiz. Titular y Máster en Psicología del Tráfico y Seguridad Vial
- José Montes Real
- Mercedes Real Gil.
- Eloisa Macarena Bahamonde Justo
- Dolores Toral Zapata
- Concierto de Colaboración con Clínica Oftalmológica León XIII