Desde el 14 de marzo, comienzo del estado de Alarma, se dispuso que los permisos de conducción caducados durante la emergencia sanitaria mantendrían su vigencia hasta sesenta días después de finalizada la misma.
Esto ha sido parcialmente modificado por el R.D. 537/2020 de 22 de mayo ya que muchos trámites administrativos que quedaron suspendidos por las medidas de prevención ya pueden realizarse, entre ellos, la renovación de los permisos de conducir desde el 11 de mayo en el que reabrimos los Centros de Reconocimiento. En consecuencia, sigue manteniéndose la prórroga de los 60 días después de la Alarma para los permisos caducados entre el 14 de marzo y el 31 de mayo PERO NO PARA LOS CADUCADOS A PARTIR DEL 1 DE JUNIO, por lo que los conductores en esta situación podrán ser sancionados.
0 Comentarios
Tu comentario se publicará tras haber sido aprobado.
Dejar una respuesta. |
AutorEduardo Juliá Categorías
Todos
|